Cartel Toros 1956
Coca, los toros y el clérigo Andrés de la Mota
Víctor M. Cabañero Martín
La investigación histórica relacionada con los festejos taurinos
evidencia, cada vez con más fuerza, como parece casi imposible encontrar
el origen de estos eventos. Aún así, podemos afirmar que tras los años
de la reconquista, van cobrando vigor en territorio cristiano.
En el caso del obispado segoviano, y por mención directa en el de la Villa de Coca, el año de 1215 marca un hito fundamental en cuanto a documentación se refiere. En diciembre de ese año, el obispo Geraldo escribía a todas las parroquias de su diócesis enumerando y resolviendo disputas entre sus vecinos y anunciando disposiciones, consecuencia del recién celebrado IV Concilio de Letrán. "Clericos ac laicos eiusdem diócesis, scilicet segovienses, Septem publicenses, patracenses, colarenses, concenses tam de civitate et villis quan de aldeis", la enumeración (clérigos de Segovia, Sepúlveda, Pedraza, Cuéllar, Coca tanto de la ciudad y villas como de aldeas) de las tierras segovianas hace pertinente considerar como posible la extensión del festejo taurino, cuando en el párrafo "quinto quod nullus clericus ludat ad decios, nec assitat lude uribus", afirma que ningún clérigo juegue a los dados ni asista al juego de toros...
En el caso del obispado segoviano, y por mención directa en el de la Villa de Coca, el año de 1215 marca un hito fundamental en cuanto a documentación se refiere. En diciembre de ese año, el obispo Geraldo escribía a todas las parroquias de su diócesis enumerando y resolviendo disputas entre sus vecinos y anunciando disposiciones, consecuencia del recién celebrado IV Concilio de Letrán. "Clericos ac laicos eiusdem diócesis, scilicet segovienses, Septem publicenses, patracenses, colarenses, concenses tam de civitate et villis quan de aldeis", la enumeración (clérigos de Segovia, Sepúlveda, Pedraza, Cuéllar, Coca tanto de la ciudad y villas como de aldeas) de las tierras segovianas hace pertinente considerar como posible la extensión del festejo taurino, cuando en el párrafo "quinto quod nullus clericus ludat ad decios, nec assitat lude uribus", afirma que ningún clérigo juegue a los dados ni asista al juego de toros...